Hoy en día son muchas las consultas que se realizan en los servicios de orientación por parte de titulados que desean iniciar su vida profesional en el extranjero, por las innegables ventajas que esta experiencia le puede reportar en su futuro. Tras las becas de prácticas profesionales tras concluir los estudios, cuya demanda sigue siendo mayoritaria, la posibilidad de obtener un contrato de trabajo en un país europeo atrae mucho a los jóvenes más cualificados.
Entre las misiones principales de Eures encontramos las de:
- Ayudar a los empresarios que deseen contratar trabajadores de otros países. La ofertas de trabajo se vuelcan en una bolsa común que, por ejemplo, en el dia de hoy cuenta con 910.723 ofertas. Si accedemos a esta bolsa para buscar empleo veremos que el funcionamiento es similar a cualquier web de empleo, ya que desde nuestro perfil de usuario podremos gestionar cualquier inscripción en ofertas.
- Informar, orientar y asesorar a los candidatos a la movilidad tanto sobre las oportunidades de empleo como sobre las condiciones de vida y de trabajo en el Espacio Económico Europeo. Desde la web de Eures se facilita todo tipo de información sobre el mercado de trabajo y condiciones de vida de cada país. Pero además contamos con la colaboración de los euroconsejeros, profesionales con los que podemos contactar en cualquiera de los países para informarnos sobre cualquier tema relacionado con este o aquel mercado de trabajo. Desde la propia web se puede buscar a estas personas que con seguridad nos ayudarán.
Pero no todo consiste en buscar un trabajo. También es importante saber donde buscarlo. España está por debajo de la media europea en movilidad de trabajadores. Nos cuesta mucho, algo menos en época de crisis, pero salir al extranjero genera muchas dudas acerca de los derechos y obligaciones que tendremos: ¿Qué influencia puede tener el trabajar en otro país distinto de cara a los derechos del trabajador? ¿Los derechos son los mismos para un extranjero que para un nacional del país? ¿El tiempo de cotización en un país es válido para otro? ¿Tendremos cubiertos derechos como la asistencia sanitaria, el desempleo, etc…?
En 1957 se inicia la historia de la movilidad de trabajadores en la Unión Europea. Hoy forma parte del derecho más general de la libre circulación de las personas, una de las libertades fundamentales garantizadas por el Derecho comunitario que, bajo ciertas condiciones, permite a los ciudadanos de la UE trasladarse a otro país de la UE para retirarse, estudiar o residir sin ejercer una actividad económica. El sistema se basa en los conceptos “lugar de residencia” y “lugar de trabajo”, que determinan los países. Dependiendo de ambos se concretarán nuestros derechos. En la actualidad siendo ciudadano de la Unión Europea:
- Estamos cubiertos con seguridad por alguna legislación. Bien sea por aquella del país donde trabajemos, o si no trabajamos, por la del país en que residamos.
- Por el principio de igualdad de trato, tendremos los mismos derechos y obligaciones que los ciudadanos del país al cual nos traslademos.
- Al solicitarse una prestación se contabilizarán, si fuera necesario, los periodos anteriores cotizados en otros países. Cada país en el que hayamos estado asegurados conservará nuestro historial hasta que llegue nuestra edad de jubilación; después se dirimirá la compatibilidad de unas prestaciones con otras, pero los periodos a contabilizar serán válidos.
- Si tenemos derecho a una prestación en un país de la Unión Europea, podremos seguir percibiéndola aunque residamos en otro país. Excepto en el caso en que sean prestaciones no contributivas (no derivadas de un derecho adquirido por cotizar anteriormente) que sólo se pueden recibir si residimos en el país que nos la concedió.
- En materia de prestaciones de enfermedad tendremos los mismos derechos que los ciudadanos de aquel país por el hecho de residir allí. No olvidemos, antes de salir de España, solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea.
- Para solicitar prestaciones por desempleo deberemos inscribirnos como demandantes de empleo podremos elegir entre hacerlo en el último país donde trabajamos o en el que residamos, aunque en este caso existen varios casos especiales que contemplan a los trabajadores transfronterizos. Son aquellos que trabajan en un país y residen en otro, caso muy frecuente en muchas zonas de Europa.
Recientemente, en mayo de 2010, ha entrado en vigor una nueva normativa sobre prestaciones sociales que, sin afectar a los derechos antes citados, pretende conseguir una prestación de servicios mucho más sencillos y accesibles. Muchos de los formularios que se empleaban antes se están homogeneizando y la demostración de derechos adquiridos en otros países es mucho más sencilla. Esta unificación de sistemas alcanza no sólo al territorio de la Unión Europea, sino también a los antes mencionados Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza
Salir fuera para trabajar no es difícil y de hecho cada día es más sencillo. La tendencia que apunta el futuro es clara: cada vez la movilidad geográfica, al menos intraeuropea, va a tener más peso en la Europa del futuro. No olvidemos que en un territorio más grande, siempre habrá más oportunidades. Ampliar las miras de trabajo a Europa supone acceder a un mercado de 501.259.840 ciudadanos, frente a un mercado local que representa menos de la décima parte del total.
Si tienes cualquier duda acerca de derechos y obligaciones por el hecho de cambiar de país de trabajo puedes consultar la web oficial de la Coordinación de la Seguridad Social en la UE. También puedes acudir a nuestra Guia de Orientación Profesional para Universitarios, que tienes disponible en nuestra web. Y por supuesto, si sigues teniendo cuestiones dudosas puedes preguntarnos en el CIPE, a través de los medios que utilizas habitualmente.
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